Se considera que un riesgo está ubicado en un estado miembro de la Unión Europea o del Área Económica Europea si es: (a) un edificio (y su contenido emitido bajo la misma política) situado en ese estado; (b) un vehículo motorizado, barco, yate o aviones registrados en ese estado; (c) Una política de viaje durante cuatro meses o menos en ese estado.
Para cualquier otro tipo de seguro (incluido un seguro de vida) es un individuo si el titular de la póliza es residente habitualmente en el estado miembro o una empresa o una organización si el establecimiento con el que se relaciona el contrato se encuentra en ese estado.