Interés asegurable

Si un asegurado desea hacer cumplir un contrato de seguro ante los tribunales, debe tener un interés asegurable en el tema del seguro, lo que quiere decir que se beneficia de su preservación y sufrirá su pérdida. En los seguros no marinos, el asegurado debe tener un interés asegurable cuando se elimina la política y también en la fecha de pérdida que da lugar a un reclamo bajo la política. En el seguro de vida, el asegurado debe tener intereses asegurables debe cuando se elimine la póliza y en el seguro marino, el asegurado generalmente debe tener intereses asegurables en la fecha de pérdida que dan lugar a un reclamo bajo la póliza.

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