Dependiendo del contexto, este término puede referirse: (a) la capacidad de la capacidad asignada de un miembro (b) la capacidad asignada del sindicato, con o sin la adición de cobertura de la reaseguro de las cuotas calificadas; (c) la capacidad de suscripción total de todos los sindicatos combinados, con o sin la adición de cobertura de la calificación de cuotas compartidas de reaseguro; o (d) la capacidad de suscripción de una compañía de seguros o una compañía de reaseguros. El sello de suscripción el sello que se aplica a un resbalón por un suscriptor para indicar su aceptación de un riesgo. Muestra el número y el seudónimo del sindicato o el nombre de la (re) compañía de seguros para quien el suscriptor actúa y tiene un espacio para su referencia de suscripción. El suscriptor insertará su línea en un deslizamiento al lado de su sello de suscripción.