A primer riesgo

¿Qué significa a primer riesgo?

Definición «a primer riesgo»

A primer riesgo es la modalidad por la que garantiza la indemnización de una cantidad determinada, hasta que el riesgo quede cubierto, con independencia del valor total.

Es decir, la indemnización a primer riesgo o cobertura a primer riesgo es aquella por la que la aseguradora indemniza con el capital máximo asegurado, sin tener en cuenta la regla proporcional.

Indemnización a primer riesgo

La cobertura a primer riesgo es muy común en seguros de hogar o multirriesgo, por ejemplo, en garantías donde se cubra dinero en efectivo, cajas fuertes, joyas, objetos de valor especial, daños estéticos, eléctricos, etc.

La modalidad debe aparecer correctamente reflejado en la póliza junto con el límite económico cubierto.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies